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Las liquidaciones del impuesto de plusvalía municipal son recurribles, incluso cuando ya sean firmes, siempre que el contribuyente pueda demostrar que el inmueble no aumentó de valor en la operación. Se trata de una cuestión que podría afectar a miles de contribuyentes, y que ha quedado así establecida por una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cantabria del pasado abril. El fallo corresponde al caso de un contribuyente que solicitó la devolución como ingresos indebidos del IIVTNU que había pagado por la transmisión de un inmueble en 2021. El Ayuntamiento de Santander denegó esta solicitud, alegando que la liquidación del impuesto ya era firme. Sin embargo, el contribuyente recurrió la decisión, aportando las escrituras de la herencia y los documentos de la compraventa que acreditaban que, lejos de haberse incrementado, el valor del inmueble había caído.

Data publicació: 12/06/2025

El 16 de julio el Supremo se pronunciará sobre si las indemnizaciones adicionales por despido improcedente, superiores al máximo que establece el ET, tienen cabida con las reglas de juego españolas. El informe de la Fiscalía del Supremo hace referencia a la doctrina fijada por el TS: “Tal doctrina la ha sentado en la STS del Pleno, de 19-12-2024 rechazando así la posibilidad de que, por la vía del art. 10 del Convenio 158 de la OIT, se pueda fijar una indemnización por despido improcedente en cuantía superior a la ya establecida en el ET”. Matiza y subraya que esta posibilidad está cerrada “salvo casos excepcionales donde concurran otros elementos que justifiquen una indemnización adicional por daños y perjuicios (ej. vulneración de derechos fundamentales, discriminación, etc.), que irían por otra vía legal y no como complemento a la indemnización por improcedencia”.

Data publicació: 10/06/2025

El Ministerio de Hacienda ha sometido a audiencia pública hasta el 24 de junio la Orden que aprueba el modelo para pagar el tributo, que fija el modo de presentación (por vía electrónica) y los plazos. Esta Orden ministerial aprueba tres modelos; el 240 para que las compañías informen a Hacienda qué entidad del grupo va a ser la encargada de presentar la declaración informativa del impuesto; el modelo 241 para ya sí, presentar esta declaración informativa; y el 242 para la autoliquidación del gravamen. Una vez pasado este primer año, los plazos cambian para el resto de ejercicios.

Data publicació: 05/06/2025

En 2024 se firmaron un 60% menos de contratos de sustitución por razones de conciliación que un año antes, 38.176 frente a 94.244. Los cambios introducidos en el RD-ley 1/2023 han derivado en que las empresas usen mucho menos los contratos bonificados. El Consejo Económico y Social cuestiona que la nueva regulación excluya del incentivo a  sustitución, se enfrente a dificultades de acceso al empleo por cualquier otro motivo distinto que creen que de lo contrario pueden ser un obstáculo a la hora de intentar beneficiar a colectivos que se ven muy afectados por el desempleo.

Data publicació: 03/06/2025
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